El Gobierno de Colombia estableció medidas orientadas a la reducción de la producción y el consumo de productos plásticos de un solo uso, de acuerdo con la Ley 2232 de 2022.
De esta manera, a partir del próximo domingo 7 de julio, iniciará la prohibición de seis plásticos en el país.
Por medio de la Ley 2232 de 2022, se dictan disposiciones que permiten la sustitución de los plásticos de un solo uso de manera gradual por alternativas sostenibles y su cierre de ciclos, y se establecen medidas complementarias.
En consecuencia, las empresas que producen estos plásticos de un solo uso deberán buscar otras opciones ecoamigables y los compradores tendrán que transformar sus hábitos de consumo en pro del medio ambiente.
En la norma se especifican 14 productos plásticos a los que se aplicará la prohibición y sustitución. No obstante, a partir del 7 de julio serán seis plásticos los quedarán prohibidos, lo cual irá aumentando de manera gradual.
Productos prohibidos desde el 7 de julio
- Bolsas plásticas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial. Es decir, las bolsas que encuentra en las cajas de tiendas, almacenes y supermercados.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales que se usan para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos. Los cuales se refieren a los rollos de bolsa que encuentra en los pasillos de fruterías y se usan para echar las verduras, frutas y tubérculos.
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
- Soportes plásticos para las bombas de inflar.
- Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
- Mezcladores y pitillos para bebidas.